El proyecto presentado por la presidenta Claudia Sheinbaum contempla que la Guardia Nacional asuma responsabilidades en la defensa exterior del país además de sus funciones de seguridad interior. Esta iniciativa, que será votada en el periodo de sesiones que inicia en julio, implica una actualización de legislaciones vigentes desde 1933.
Marco legal y sanciones establecidas
Entre las disposiciones legales rescatadas figura el Código de Justicia Militar, que establece penas de prisión por deserción bajo diferentes circunstancias. Las sanciones varían según el contexto y los recursos que sean sustraídos durante la deserción.
El artículo 261 de esta ley detalla:
“I.- El que deserte de la escolta de prisioneros, detenidos o presos o de cualquiera otra no especificada en este artículo, con la pena de tres años de prisión; II.- el que deserte estando de guardia, o de la escolta de municiones, o llevándose el caballo, mula o montura, o el marino que deserte llevándose un bote o usando de él exclusivamente para ese objeto”
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Penalizaciones por deserción en combate
La propuesta legislativa incluye castigos más severos para situaciones de conflicto armado. El artículo 272 establece que “quien desertare frente al enemigo, marchando a encontrarlo, esperándolo a la defensiva, bajo su persecución o durante la retirada, se les impondrá pena de 30 a 60 años de prisión”.
Además, se mantienen regulaciones sobre las distancias permitidas para el desplazamiento de oficiales sin autorización. La fracción V del artículo 267 indica que los oficiales que se alejen de sus instalaciones sin permiso podrían enfrentar hasta tres años de prisión y destitución del cargo.
Reformas y actualizaciones normativas
El proyecto presidencial busca armonizar leyes secundarias con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024. Esta reforma establece que los integrantes de la Guardia Nacional quedarán sujetos a la jurisdicción penal militar.
El artículo 333 incluye sanciones por saqueos a poblaciones civiles, especificando que “se apodere sin autorización legítima, de carros, carretas, mulas, caballos u otros medios de conducción para un servicio exclusivamente particular, será sancionado con la pena de seis meses de prisión”.
Ampliación de funciones y capacidades
Según la iniciativa, la Guardia Nacional “como integrante de la fuerza armada permanente, con la función sustantiva de seguridad pública, cuyos miembros quedan sujetos a la jurisdicción penal militar (…) a fin de que apoyen a las fuerzas armadas de guerra en tareas de seguridad interior y defensa exterior del país, conforme lo disponga la persona titular del ejecutivo federal”.
La propuesta también contempla el fortalecimiento de la institución en zonas con altos índices delictivos y la participación en tareas de inteligencia y coordinación con otras instituciones de seguridad y justicia.